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Área Jurídica

El Área Jurídica asume la asistencia y asesoramiento jurídicos en los actos y procedimientos administrativos de la Universidad de Salamanca, así como su representación y defensa en juicio.

Directorio

El Área Jurídica integra a los Servicios Jurídicos que están atendidos por el siguiente personal funcionario:

 

  • Letrado Jefe: D. Javier González Sánchez – Ext. 1035 – jgs@usal.es
  • Letrado: D. Luis Manuel Martín Santa Daria, – Ext. 1093 – luismamsd@usal.es
  • Asesora: D.ª M.ª Paz García Rivas – Ext. 1094 – mpgr@usal.es
  • Jefe Unidad Tramitación y Doc.: D. Jorge Rosado Palomero – Ext. 1104 – rosado@usal.es

Contacto

Dirección
Calle Libreros 19, 1º – 37008, Salamanca (España)

 

Teléfono:
(+34) 923 294 421

 

E-mail:
ajuridica@usal.es

 

Horario:
Días laborables de 9:00 a 14:00 h.

Regulación, funciones, organización principios

Regulación

Por Resolución de 21 de marzo de 2005 de la Universidad de Salamanca se procede a la publicación del acuerdo de Consejo de Gobierno de 17 de marzo de 2005, aprobando el Reglamento de organización y funcionamiento de Área Jurídica de la Universidad de Salamanca (BOCYL 7/4/05)

Funciones

El Área Jurídica de la Universidad de Salamanca tiene encomendada la asistencia jurídica a la administración universitaria, así como su representación y defensa en juicio.

 

Resolución de 21 de marzo de 2005 de la Universidad de Salamanca se procede a la publicación del acuerdo de Consejo de Gobierno de 17 de marzo de 2005, apobando el Reglamento de organización y funcionamiento de Área Jurídica de la Universidad de Salamanca, y cuyo contenido, a poder ser, puede indicarse el del BOCYL del día 7 de abril de 2005

 

Entre las funciones, destacan las siguientes:

 

  • Función Consultiva, art. 2 del Reglamento.
  • Función contenciosa, art. 3 del reglamento.
  • Función asesora, de emisión de informes y de asistencia a Mesas de Contratación, art. 4, 5 y 15.

Organización

El Área Jurídica lleva los archivos y registros de su ámbito de actuación, y en particular custodian de forma ordenada los informes emitidos así como la documentación propia de los procesos judiciales en que la Universidad esté implicada.

Principios

  • Legalidad. Los Letrados actuarán con sometimiento al Ordenamiento Jurídico y con objetividad.

 

  • Confidencialidad. Se guardará estricta confidencialidad respecto de los asuntos de los que conozcan el Área Jurídica.

 

  • Consulta restringida. El Área Jurídica emitirá informes a solicitud del Rector, el Gerente, Los Vicerrectores o la Secretaria General. Los Decanos o Directores de Centro y los Directores de Departamento o Instituto podrán formular consultas a través del Rector. Asimismo, los Jefes de Servicio podrán elevar sus consultas a través del Gerente.

 

  • Los informes se emitirán por escrito previa consulta también escrita.

Cuestiones jurídicas de interés

Pie de recursos en acuerdos y resoluciones administrativas de la Universidad de Salamanca

Rector, Consejo de Gobierno, Consejo Social o Claustro, así como Vicerrectores u otros órganos en materias delegadas por aquellos órganos

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Salamanca, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, en virtud de lo dispuesto en el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, con carácter previo y de forma potestativa, podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Otros órganos personales o colegiados (Vicerrectores en materia con competencia propia, Decanos, Directores de Centros, Juntas, Consejos, etc)

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Rector, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Resolución del Recurso de Reposición o de Alzada

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Salamanca, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, en virtud de lo dispuesto en el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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